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Sueldo mínimo en Perú 2026: cuánto es la RMV y cómo se decide
El sueldo mínimo en Perú, la remuneración mínima vital (RMV), es S/ 1,230 al mes desde el 1 de octubre de 2026, según el Decreto Supremo 015-2026-TR. Antes era S/ 1,130, el monto vigente desde el 1 de enero de 2025.
Por el equipo de Oslo FinanzasPublicado el · Cifras revisadas con fuentes oficiales el
Lo clave
- Norma
- Decreto Supremo 015-2026-TR (El Peruano, 28 de septiembre de 2026)
- Fuente:Diario Oficial El Peruano
- Monto anterior
- S/ 1,130, vigente desde el 1 de enero de 2025
- Fuente:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
¿Cuánto es el sueldo mínimo en Perú en 2026?
Entre enero y septiembre de 2026 rigió una remuneración mínima vital de S/ 1,130, fijada por el Decreto Supremo 006-2024-TR desde el 1 de enero de 2025. Desde el 1 de octubre de 2026, la RMV es S/ 1,230, por el Decreto Supremo 015-2026-TR, publicado en El Peruano el 28 de septiembre de 2026. Se aplica a los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada.
Es un aumento de S/ 100 sobre el monto anterior. Si ganabas S/ 1,130, desde la remuneración de octubre de 2026 tu boleta debe mostrar al menos S/ 1,230, y si recibes asignación familiar, S/ 123 más.
Fuentes de esta parte:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Diario Oficial El Peruano, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
¿Quién decide el sueldo mínimo y cómo?
El artículo 24 de la Constitución dice que el trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, y que la regulación de la remuneración mínima le corresponde al Estado, con participación de las organizaciones de trabajadores y de empleadores. La Ley 29381 le da al Ministerio de Trabajo la función de fijar los lineamientos de la política de remuneraciones mínimas.
En esa discusión participa el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, donde se sientan trabajadores, empleadores y el Estado. Para el aumento de 2026, el decreto señala que hubo consenso sobre el monto en la Sesión Extraordinaria 49 del pleno de ese consejo, el 3 de septiembre de 2026.
La decisión se formaliza con un decreto supremo que firma la presidenta de la República y refrenda el ministro de Trabajo, y se publica en El Peruano: el de este año salió el 28 de septiembre de 2026.
Fuentes de esta parte:Diario Oficial El Peruano, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
¿A quién le corresponde el sueldo mínimo?
La RMV es el piso para los trabajadores del régimen de la actividad privada. La SUNAT incluye la remuneración mínima vital entre los derechos de los trabajadores de la microempresa y de la pequeña empresa, junto con la jornada de ocho horas.
Si trabajas en el hogar, la Ley 31047 dice que tu remuneración no puede ser menor a la RMV por una jornada completa de 8 horas diarias o 48 semanales; si trabajas por horas, recibes una remuneración proporcional, con la RMV como unidad mínima. Si haces prácticas preprofesionales o profesionales, la Sunafil recuerda que tu subvención no puede ser menor a una RMV cuando cumples la jornada máxima, y es proporcional si tu jornada es menor.
Si trabajas a tiempo parcial, es decir, menos de cuatro horas diarias en promedio, el Ministerio de Trabajo indica que tu remuneración es proporcional a la jornada ordinaria del centro de trabajo.
Fuentes de esta parte:Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Congreso de la República, Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
¿Qué beneficios suben con el sueldo mínimo?
El más directo es la asignación familiar. La Ley 25129 la fija en el 10 % del ingreso mínimo legal, es decir, de la RMV vigente cuando se paga: desde octubre de 2026 son S/ 123 al mes, frente a S/ 113 antes. Le corresponde a quien trabaja en el régimen privado, no tiene su sueldo regulado por negociación colectiva y tiene a su cargo hijos menores de 18 años, hijos que siguen estudios superiores (hasta que terminen o hasta los 24 años) o hijos mayores con discapacidad severa certificada.
Si ganas el mínimo, también cambian tus beneficios del semestre. La gratificación de diciembre se calcula con la remuneración vigente al 30 de noviembre, y el depósito de CTS de noviembre, con la de octubre: en los dos casos, ya con los S/ 1,230. Como la asignación familiar es remunerativa, también entra en la base de la gratificación y de la CTS.
Fuentes de esta parte:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Diario Oficial El Peruano, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
Ejemplo: sueldo mínimo con asignación familiar en 2026
Es solo un ejemplo. Si ganas la RMV en el régimen general y tienes un hijo menor de 18 años, desde octubre de 2026 tu remuneración es S/ 1,230 más S/ 123 de asignación familiar: S/ 1,353 al mes, antes de los descuentos de ley.
Si trabajaste todo el semestre de julio a diciembre, tu gratificación de Navidad se calcula sobre esos S/ 1,353, y a eso se suma la bonificación extraordinaria del 9 % si estás en EsSalud, que serían S/ 121.77. En total, S/ 1,474.77.
Fuentes de esta parte:Diario Oficial El Peruano, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
¿Cómo repartir un sueldo mínimo? La regla 50/30/20
En All Your Worth, Elizabeth Warren y Amelia Warren Tyagi proponen repartir lo que te llega después de impuestos y descuentos en tres partes: hasta 50 % para lo indispensable (vivienda, comida, transporte, servicios), 30 % para tus gustos y 20 % para ahorrar o pagar deudas.
Por ejemplo, si después de los descuentos recibes S/ 1,000, serían S/ 500 para lo indispensable, S/ 300 para gustos y S/ 200 para ahorro. Con un sueldo bajo, es común que lo indispensable pase del 50 %: en ese caso, usa la regla como brújula para ver dónde ajustar y empieza con un ahorro pequeño pero constante.
Si tu sueldo sube con este aumento, aprovecha que todavía no te acostumbraste al nuevo monto: manda la diferencia, o una parte, directo a tu 20 %.
Fuentes de esta parte:All Your Worth
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el sueldo mínimo en Perú en octubre de 2026?
Desde el 1 de octubre de 2026, la remuneración mínima vital es S/ 1,230 al mes, según el Decreto Supremo 015-2026-TR, publicado en El Peruano el 28 de septiembre. Se aplica a los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada. Antes era S/ 1,130. Si en octubre todavía te pagaron menos, pregunta en tu empresa y revisa tu boleta.
Fuente:Diario Oficial El Peruano¿Cuánto es la asignación familiar con el nuevo sueldo mínimo?
Es el 10 % de la remuneración mínima vital vigente cuando se paga, así que desde octubre de 2026 son S/ 123 al mes. Te corresponde si trabajas en el régimen privado, tu sueldo no se regula por negociación colectiva y tienes a tu cargo hijos menores de 18 años, o mayores que siguen estudios superiores. Si trabajas para dos empleadores, cada uno te la paga.
Fuente:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Diario Oficial El Peruano¿Una trabajadora del hogar debe ganar el sueldo mínimo?
Sí. La Ley 31047 dice que la remuneración de una persona trabajadora del hogar se fija por acuerdo, pero no puede ser menor a la remuneración mínima vital por una jornada completa de ocho horas diarias o 48 semanales. Desde octubre de 2026 eso son S/ 1,230. Si trabaja por horas, recibe una remuneración proporcional.
Fuente:Congreso de la República, Diario Oficial El Peruano¿Los practicantes deben recibir el sueldo mínimo?
Los practicantes no reciben sueldo sino una subvención, pero la Sunafil recuerda que no puede ser menor a una remuneración mínima vital cuando cumplen la jornada máxima. Desde octubre de 2026, eso son S/ 1,230. Si la jornada formativa es menor, la subvención se paga en proporción. Revisa la jornada que figura en tu convenio de prácticas.
Fuente:Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), Diario Oficial El Peruano¿En una microempresa me pueden pagar menos del mínimo?
No. La SUNAT y el Ministerio de Trabajo incluyen la remuneración mínima vital entre los derechos de los trabajadores tanto de la microempresa como de la pequeña empresa del régimen especial. Lo que cambia en esos regímenes son otros beneficios, como las gratificaciones o la CTS, no el piso del sueldo. Desde el 1 de octubre de 2026, ese piso es S/ 1,230 al mes por jornada completa.
Fuente:Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Diario Oficial El Peruano, Ministerio de Trabajo y Promoción del EmpleoFuentes
Cada cifra de este artículo sale de estas páginas. Las oficiales son de entidades del Estado; los medios solo dan contexto.
- Decreto Supremo 015-2026-TR, que incrementa la Remuneración Mínima Vital de los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada Diario Oficial El Peruano Oficial consultada el
- Presidenta suscribe decreto supremo que aumenta la Remuneración Mínima Vital (28 de septiembre de 2026) Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Oficial consultada el
- Decreto Supremo 006-2024-TR, Remuneración Mínima Vital de S/ 1,130 desde el 1 de enero de 2025 Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Oficial consultada el
- Guía sobre la asignación familiar (2023), Ley 25129 y Ley 31600 Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Oficial consultada el
- Régimen laboral de la micro y pequeña empresa Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) Oficial consultada el
- Guía sobre el régimen laboral de la micro y pequeña empresa Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Oficial consultada el
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- Ley 31047, de las trabajadoras y trabajadores del hogar, artículo 6 Congreso de la República Oficial consultada el
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