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IPAB: hasta cuánto protege tu dinero en el banco, qué productos cubre y qué pasa si un banco cierra

El seguro de depósitos del IPAB protege tu dinero en un banco hasta por 400,000 UDIS por persona, sumando todas tus cuentas en esa misma institución, según el artículo 11 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario. Con el valor de la UDI del 23 de octubre de 2026 que publicó el Banco de México, 8.860298 pesos, son 3,544,119.20 pesos. La protección es automática y gratuita: no tienes que contratarla ni hacer trámites para cobrarla.

Por el equipo de Oslo FinanzasPublicado el · Cifras revisadas con fuentes oficiales el

Lo clave

En pesos al 23 de octubre de 2026
3,544,119.20 pesos
Fuente:Banco de México, Diario Oficial de la Federación
Costo y trámite
Automático y gratuito, sin trámite para el reembolso
Fuente:Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB)
Plazo de pago si un banco se liquida
Hasta 90 días
Fuente:Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente)
Plazo para reclamar al IPAB
1 año desde la liquidación
Fuente:Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente)

¿Qué es el IPAB y qué es el seguro de depósitos?

El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) es la institución del Gobierno Federal encargada de administrar el Seguro de Depósitos Bancarios. La Ley de Protección al Ahorro Bancario lo crea como un organismo descentralizado y le encarga un sistema de protección en favor de las personas que hacen operaciones garantizadas en los bancos.

Según el IPAB, el seguro protege los depósitos de personas físicas y morales «de forma automática y gratuita para los ahorradores, sin necesidad de que realicen trámite alguno para el reembolso de su dinero». Eso sí, la ley solo cubre a las instituciones de banca múltiple, es decir, a los bancos, no a otro tipo de entidades financieras.

Fuentes de esta parte:Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente, última reforma DOF 11-05-2022)

¿Cuánto cubre el IPAB en pesos?

El artículo 11 de la ley dice que el IPAB paga el saldo de tus depósitos, con principal y accesorios, hasta una cantidad equivalente a 400,000 UDIS por persona, física o moral, «cualquiera que sea el número y clase» de operaciones que tengas en un mismo banco. Es decir, el límite es por persona y por banco, no por cuenta.

La UDI es una unidad cuyo valor en pesos publica el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, con un valor para cada día. Al 23 de octubre de 2026 vale 8.860298 pesos, así que 400,000 UDIS equivalen a 3,544,119.20 pesos. Si un banco entra en liquidación, el monto cubierto se fija en UDIS en esa fecha y se te paga en pesos con el valor de la UDI del día en que el IPAB emite la resolución de pago.

Si tienes varias cuentas en el mismo banco y juntas pasan el límite, el IPAB paga hasta el límite y lo reparte entre tus cuentas según su saldo. En una cuenta con varios titulares o cotitulares, cubre el saldo de esa cuenta hasta el límite, sin importar cuántos titulares tenga.

Fuentes de esta parte:Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente, última reforma DOF 11-05-2022), Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente), Banco de México, Diario Oficial de la Federación

¿Qué productos cubre el IPAB y cuáles no?

La ley cubre los depósitos, préstamos y créditos de las fracciones I y II del artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito: los depósitos a la vista, los retirables en días preestablecidos, los de ahorro y los de plazo o con previo aviso, además de los préstamos y créditos que el banco acepta. En palabras del IPAB, eso incluye cuentas de cheques, cuentas de ahorro, depósitos a plazo como los certificados de depósito y las cuentas asociadas a tarjetas de débito. Los depósitos en dólares también cuentan: para el límite se convierten a pesos con el tipo de cambio que publica el Banco de México.

No cubre, según el artículo 10 de la ley, los títulos negociables o al portador, el dinero de otras entidades financieras o de empresas del mismo grupo financiero, el de accionistas, consejeros y altos directivos del propio banco, ni las operaciones hechas de mala fe o ligadas a actos ilícitos. Y como solo protege a los bancos, si tu dinero está en otro tipo de entidad, pregunta qué protección tiene.

Fuentes de esta parte:Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente, última reforma DOF 11-05-2022), Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente), Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB)

¿Qué pasa con tu dinero si un banco cierra?

Cuando un banco entra en liquidación, el IPAB debe publicar en los cinco días siguientes un aviso en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional con la fecha de la liquidación. Después, paga los depósitos garantizados en un plazo no mayor a 90 días desde esa fecha, con la información que el banco está obligado a tener, salvo que en ese plazo el liquidador transfiera esos depósitos a otro banco. Por eso, según el IPAB, no necesitas hacer trámite para el reembolso.

Si no recibes tu pago o no estás de acuerdo con el monto, tienes un año desde la fecha de la liquidación para presentar ante el IPAB una solicitud de pago, con copia de tus contratos, estados de cuenta u otros documentos. Si procede, te paga dentro de los 90 días siguientes. Pasado ese año, las acciones para cobrarle al IPAB prescriben.

Lo que pase del límite no lo cubre el IPAB, pero puedes reclamarlo directamente al banco en liquidación, que lo paga según el orden de pago que fija la ley.

Fuentes de esta parte:Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente), Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente, última reforma DOF 11-05-2022), Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB)

Ejemplo: cuánto te cubre el IPAB

Esto es solo un ejemplo con números redondos y la UDI del 23 de octubre de 2026. Si tienes 4,000,000 de pesos en un solo banco, entre cuenta de ahorro y depósito a plazo, el IPAB te cubriría hasta 3,544,119.20 pesos. Los 455,880.80 pesos restantes tendrías que reclamarlos al banco en liquidación.

Si en cambio tienes 2,000,000 de pesos en un banco y 2,000,000 en otro, cada banco tiene su propio límite y los dos depósitos quedan cubiertos completos. Y si compartes una cuenta mancomunada de 4,000,000 de pesos con otra persona, el límite sigue siendo uno solo para esa cuenta: no se duplica por tener dos titulares.

Fuentes de esta parte:Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente, última reforma DOF 11-05-2022), Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente), Banco de México, Diario Oficial de la Federación

Tu fondo de emergencia: a la mano y protegido

Dave Ramsey, en The Total Money Makeover, propone tener un fondo de emergencia de tres a seis meses de gastos, separado del dinero del día a día, fácil de sacar y reservado solo para imprevistos, como perder el trabajo o una reparación urgente.

Si guardas ese fondo en una cuenta de banco, saber cómo funciona el seguro del IPAB te da tranquilidad: tus depósitos están protegidos hasta el límite por persona en cada banco, sin trámites y sin costo. Por ejemplo, con gastos de 15,000 pesos al mes, un fondo de seis meses sería de 90,000 pesos, muy por debajo del límite.

Fuentes de esta parte:The Total Money Makeover, Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente, última reforma DOF 11-05-2022), Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB)

Preguntas frecuentes

¿Cuánto son 400 mil UDIS en pesos?

Depende del día, porque la UDI tiene un valor distinto cada día. Con el valor que publicó el Banco de México para el 23 de octubre de 2026, de 8.860298 pesos por UDI, 400,000 UDIS equivalen a 3,544,119.20 pesos. Si un banco entra en liquidación, la ley fija tu monto en UDIS en esa fecha y te lo paga en pesos con la UDI del día de la resolución de pago.

Fuente:Banco de México, Diario Oficial de la Federación, Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente)

¿El IPAB cubre por cuenta o por persona?

Por persona y por banco. El límite de 400,000 UDIS se aplica a la suma de todas tus cuentas y depósitos en un mismo banco, sin importar cuántos tengas. Si la suma pasa el límite, el IPAB paga hasta el límite y lo reparte entre tus cuentas según su saldo. Si tienes dinero en dos bancos distintos, cada uno tiene su propio límite.

Fuente:Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente, última reforma DOF 11-05-2022), Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente)

¿Tengo que hacer algún trámite para que el IPAB me pague?

No para el pago normal: según el IPAB, el seguro funciona de forma automática y gratuita, sin trámites para el reembolso. Solo si no recibes el pago o no estás de acuerdo con el monto, tienes un año desde la liquidación del banco para presentar una solicitud de pago ante el IPAB, con copia de tus contratos o estados de cuenta. Si procede, te paga en los 90 días siguientes.

Fuente:Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente)

¿Cómo cubre el IPAB una cuenta mancomunada?

En una cuenta con varios titulares o cotitulares, el IPAB cubre el saldo de esa cuenta hasta el límite de 400,000 UDIS, sin importar cuántos titulares tenga. Es decir, el límite no se multiplica por el número de titulares. El tratamiento detallado de estas cuentas colectivas lo fija el IPAB en sus disposiciones de carácter general.

Fuente:Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente)

¿El IPAB protege mi dinero si no está en un banco?

No. La Ley de Protección al Ahorro Bancario solo protege los depósitos, préstamos y créditos de las instituciones de banca múltiple, es decir, de los bancos. Si tu dinero está en otro tipo de entidad financiera, pregunta directamente qué protección tiene. Y aun dentro de un banco, el IPAB no cubre los títulos negociables ni los títulos al portador.

Fuente:Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente, última reforma DOF 11-05-2022)

Fuentes

Cada cifra de este artículo sale de estas páginas. Las oficiales son de entidades del Estado; los medios solo dan contexto.

  1. Ley de Protección al Ahorro Bancario, artículos 1, 2, 5, 6, 10, 11 y 18 Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente, última reforma DOF 11-05-2022) Oficial consultada el
  2. Ley de Instituciones de Crédito, artículos 46, 175, 180 y 188 a 193 (liquidación y pago de las obligaciones garantizadas) Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación (texto vigente) Oficial consultada el
  3. ¿Qué hacemos? Seguro de Depósitos Bancarios Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) Oficial consultada el
  4. Valor de la unidad de inversión del 11 al 25 de octubre de 2026 (DOF 9 de octubre de 2026) Banco de México, Diario Oficial de la Federación Oficial consultada el

Esto es educación financiera, no asesoría: Oslo no recomienda créditos ni inversiones. Las reglas cambian: revisa siempre la fuente oficial antes de decidir.

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