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CTS noviembre 2026: hasta cuándo se deposita, cuánto es y cuánto puedes retirar
Tu empleador debe depositar la CTS de noviembre 2026 dentro de los primeros 15 días naturales del mes, y como el 15 cae domingo, la regla permite hacerlo el primer día hábil siguiente. El depósito equivale a un dozavo de tu remuneración computable por cada mes completo trabajado entre mayo y octubre. Hasta el 31 de diciembre de 2026 puedes retirar el 100 % de tu CTS, según la Ley 32322.
Por el equipo de Oslo FinanzasPublicado el · Cifras revisadas con fuentes oficiales el
Lo clave
- Plazo del depósito
- Primeros 15 días naturales de noviembre
- Fuente:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
- Cuánto es
- 1/12 de tu remuneración computable por mes completo
- Fuente:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
¿Hasta cuándo depositan la CTS de noviembre 2026?
Según la guía del Ministerio de Trabajo, el empleador deposita la CTS dos veces al año, dentro de los primeros quince días naturales de mayo y de noviembre, y si el último día es inhábil, puede hacerlo el primer día hábil siguiente. En 2026, el 15 de noviembre cae domingo. Tu empresa puede depositar cualquier día dentro de ese plazo.
Un detalle de este año: el Decreto Supremo 020-2026-TR declaró el lunes 16 de noviembre día no laborable compensable en Lima y el Callao, por la visita del papa León XIV. No es un feriado nacional, y en el sector privado la empresa se acoge por acuerdo con sus trabajadores o, a falta de acuerdo, por decisión del empleador. El decreto no menciona la CTS, así que, si trabajas allí, confirma con tu empleador en qué fecha hará el depósito.
Dentro de los cinco días hábiles siguientes al depósito, tu empleador debe entregarte la liquidación firmada, con la remuneración computable y el período que se paga. Si no estás de acuerdo, puedes observarla por escrito y la empresa tiene tres días útiles para revisarla y responderte.
Fuentes de esta parte:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Diario Oficial El Peruano, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
¿Quién tiene derecho a la CTS?
Tienen derecho los trabajadores del régimen laboral común de la actividad privada que trabajan en promedio al menos cuatro horas diarias; si trabajas menos de cinco días por semana, el requisito se cumple con veinte horas semanales. Tienen sus propias reglas los regímenes especiales, como construcción civil o trabajo del hogar, y no hay depósitos si pactaste una remuneración integral anual que incluye la CTS.
En las empresas inscritas en el REMYPE, la Sunafil explica que en la pequeña empresa la CTS es de 15 remuneraciones diarias por año completo, con un tope de 90, y que en la microempresa no corresponde, salvo que te hayan contratado antes de que la empresa se inscribiera. Según el Ministerio de Trabajo, solo las empresas inscritas en el REMYPE pueden acogerse a ese régimen; si tu empleador no lo está, te corresponde la CTS completa del régimen general.
Fuentes de esta parte:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
¿Cómo se calcula la CTS de noviembre?
La CTS se calcula por semestres: lo trabajado de noviembre a abril se deposita en mayo, y lo trabajado de mayo a octubre, en noviembre. Tu empleador deposita tantos dozavos de tu remuneración computable como meses completos trabajaste en el semestre, y los días sueltos se pagan por treintavos. La fórmula es: remuneración computable ÷ 12 × meses, más remuneración computable ÷ 360 × días.
La remuneración computable es tu sueldo de octubre más lo que recibes de forma regular por tu trabajo, como la asignación familiar. Las remuneraciones semestrales se suman a razón de un sexto de lo recibido en el semestre, y eso incluye la gratificación de Fiestas Patrias de julio. Los pagos variables cuentan si los recibiste al menos tres meses de seis. No entran, por ejemplo, las utilidades, la canasta de Navidad ni la movilidad que depende de tu asistencia.
Las faltas injustificadas se descuentan a razón de un treintavo por día. En cambio, sí cuentan como trabajados los descansos por accidente de trabajo o enfermedad comprobada, hasta 60 días al año, y el descanso pre y post natal.
Fuentes de esta parte:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
Ejemplo: ¿cuánto es mi CTS de noviembre 2026?
Son solo ejemplos, con montos redondos. Si ganas S/ 2,400 al mes, trabajas en la misma empresa desde hace más de un año y en julio recibiste una gratificación de S/ 2,400, tu remuneración computable es S/ 2,400 + S/ 400 (un sexto de la gratificación) = S/ 2,800. Por los seis meses de mayo a octubre: S/ 2,800 ÷ 12 × 6 = S/ 1,400.
Si empezaste el 1 de agosto con el mismo sueldo, tienes tres meses completos y no recibiste gratificación en julio en esa empresa: S/ 2,400 ÷ 12 × 3 = S/ 600.
Si ganas la remuneración mínima vital, tu remuneración de octubre ya es S/ 1,230, el monto vigente desde el 1 de octubre de 2026, y a eso se suma un sexto de tu gratificación de julio.
Fuentes de esta parte:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Diario Oficial El Peruano
¿Cuánto de mi CTS puedo retirar en 2026?
La Ley 32322 autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2026, a disponer libremente del 100 % de los depósitos de CTS que tengas acumulados en tu entidad financiera a la fecha en que los retires. La Sunafil lo recordó en mayo de 2026. Eso incluye el depósito de noviembre, una vez que llegue a tu cuenta.
La misma ley creó una regla permanente: si te diagnostican una enfermedad terminal o cáncer, debidamente acreditados ante tu empleador con un certificado médico, puedes retirar en cualquier momento el 100 % de tu CTS y sus intereses. El reglamento le da a tu empleador dos días hábiles para emitir la constancia de retiro, y si pides una transferencia, la entidad tiene otros dos días hábiles para hacerla.
Fuentes de esta parte:Diario Oficial El Peruano, Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), Diario Oficial El Peruano
¿Retirar la CTS o dejarla? Piénsala como tu fondo de emergencia
La guía del Ministerio de Trabajo define la CTS como un beneficio de previsión ante el cese en el trabajo: es el dinero que te sostiene si un día te quedas sin empleo. Que puedas retirarla toda hasta fin de año no significa que tengas que hacerlo.
En The Total Money Makeover, Dave Ramsey propone tener un fondo de emergencia de tres a seis meses de gastos, separado del dinero del día a día y reservado para imprevistos de verdad, como perder el trabajo o una urgencia médica. Si no necesitas tu CTS para una emergencia, dejarla en su cuenta te ayuda a tener ese colchón. Si la retiras, decide antes a qué va, para que no se diluya en gastos sueltos.
Fuentes de esta parte:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, The Total Money Makeover
¿Qué hacer si no te depositaron la CTS?
No depositar la CTS íntegra y oportunamente es una infracción grave según el artículo 24.5 del Decreto Supremo 019-2006-TR. Además, el empleador que no deposita a tiempo queda obligado a pagar los intereses que habría generado el depósito.
Puedes denunciar ante la Sunafil, en persona o de forma virtual, con el RUC de la empresa, la dirección del centro de trabajo, tus boletas o contrato, un correo y un celular. El Ministerio de Trabajo explica que la Sunafil asigna el caso a un inspector en un máximo de 10 días hábiles, y que el inspector tiene hasta 30 días hábiles para emitir un acta de infracción o archivar el caso. Puedes pedir reserva de identidad.
Fuentes de esta parte:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
Preguntas frecuentes
¿Hasta qué fecha depositan la CTS en noviembre de 2026?
El plazo es dentro de los primeros 15 días naturales de noviembre. Como el 15 de noviembre de 2026 cae domingo, la regla del día inhábil permite depositar el primer día hábil siguiente. En Lima y el Callao, el lunes 16 fue declarado día no laborable compensable por la visita del papa, así que si trabajas allí, confirma la fecha con tu empleador.
Fuente:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Diario Oficial El Peruano, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo¿Puedo retirar el 100 % de mi CTS en 2026?
Sí. La Ley 32322 autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2026, a disponer libremente del 100 % de los depósitos de CTS acumulados en tu entidad financiera a la fecha del retiro. La Sunafil lo confirmó en mayo de 2026. Si no lo necesitas para algo urgente, piensa antes si te conviene dejarlo como respaldo por si pierdes el empleo.
Fuente:Diario Oficial El Peruano, Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil)¿La gratificación de julio entra en el cálculo de la CTS?
Sí. Las remuneraciones de periodicidad semestral se incorporan a la remuneración computable a razón de un sexto de lo recibido en el semestre, y la guía del Ministerio de Trabajo incluye expresamente las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad. Para el depósito de noviembre, se suma un sexto de la gratificación que recibiste en julio a tu sueldo de octubre.
Fuente:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo¿Cuándo debe darme mi empleador la liquidación de la CTS?
Dentro de los cinco días hábiles siguientes al depósito, y bajo cargo. La liquidación debe indicar la fecha y el número del depósito, los datos del empleador y los tuyos, el detalle de tu remuneración computable y el período que se paga. Si no estás conforme, puedes observarla por escrito, y la empresa tiene tres días útiles para revisarla y responderte también por escrito.
Fuente:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo¿Los trabajadores de una microempresa reciben CTS?
Si la microempresa está inscrita en el REMYPE, sus trabajadores no tienen derecho a CTS, salvo que hayan sido contratados antes de esa inscripción. En la pequeña empresa inscrita sí hay CTS: 15 remuneraciones diarias por año completo, con un tope de 90. Según el Ministerio de Trabajo, solo las empresas inscritas en el REMYPE pueden acogerse a ese régimen; si no lo está, corresponde la CTS completa del régimen general.
Fuente:Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo¿Qué pasa con mi CTS si renuncio o me despiden?
Al terminar tu contrato, la CTS y sus intereses se te pagan y puedes retirarlos. Para eso, tu empleador debe entregarte una certificación de cese dentro de las 48 horas siguientes, que presentas en tu entidad financiera. Si se niega o se demora sin justificación, la Autoridad Inspectiva de Trabajo puede emitir esa constancia por él, una vez acreditado tu cese.
Fuente:Ministerio de Trabajo y Promoción del EmpleoFuentes
Cada cifra de este artículo sale de estas páginas. Las oficiales son de entidades del Estado; los medios solo dan contexto.
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