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Aguinaldo 2026 en México: cuándo se paga, cuánto te toca y cuánto está exento de ISR
En México, el aguinaldo de 2026 debe pagarse antes del 20 de diciembre y equivale, como mínimo, a 15 días de salario, según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Si no trabajaste todo el año, te toca la parte proporcional al tiempo trabajado. Según el SAT, la parte que no pasa de 30 UMA, es decir, 3,519.30 pesos en 2026, no paga ISR.
Por el equipo de Oslo FinanzasPublicado el · Cifras revisadas con fuentes oficiales el
Lo clave
- Fecha límite
- Antes del 20 de diciembre
- Fuente:Cámara de Diputados (texto vigente con última reforma DOF 15-01-2026, copia publicada por la Secretaría de Educación Pública)
- Monto mínimo
- 15 días de salario
- Fuente:Cámara de Diputados (texto vigente con última reforma DOF 15-01-2026, copia publicada por la Secretaría de Educación Pública)
- Si no trabajaste todo el año
- La parte proporcional al tiempo trabajado
- Fuente:Cámara de Diputados (texto vigente con última reforma DOF 15-01-2026, copia publicada por la Secretaría de Educación Pública)
- Plazo para reclamar
- Un año desde el 20 de diciembre
- Fuente:Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet)
¿Cuándo se paga el aguinaldo 2026?
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo dice que el aguinaldo anual «deberá pagarse antes del día veinte de diciembre». Es decir, en 2026 el último día para pagarte es el sábado 19 de diciembre. Es un plazo máximo: nada impide que tu empleador te pague antes.
Tienen derecho todas las personas que trabajan de forma subordinada para un empleador bajo la Ley Federal del Trabajo. En sus preguntas frecuentes de 2025, la Profedet incluye al personal de base, de confianza, de planta, eventual, por obra o tiempo determinado, comisionistas y personas trabajadoras del hogar. Si trabajas en plataformas digitales, la Profedet explica que tu aguinaldo va incluido de forma proporcional en el pago de cada servicio. Si trabajas por honorarios, en principio no te corresponde, salvo que en la práctica exista una relación de subordinación.
Fuentes de esta parte:Cámara de Diputados (texto vigente con última reforma DOF 15-01-2026, copia publicada por la Secretaría de Educación Pública), Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet)
¿Cuánto te toca de aguinaldo y cómo se calcula?
La ley fija un mínimo de 15 días de salario. Es un piso: tu empleador puede darte más, nunca menos. La cuenta que propone la Profedet es sencilla: multiplica tu salario base o cuota diaria por 15.
Si tu salario es fijo, se usa tu cuota diaria al momento del pago, sin sumar otros ingresos. Si cobras a destajo, se toma el promedio diario de los últimos 30 días que trabajaste. Y el aguinaldo se paga en dinero: la Profedet aclara que no puede darse en vales, mercancías ni fichas, aunque sí por depósito o transferencia si estás de acuerdo.
Fuentes de esta parte:Cámara de Diputados (texto vigente con última reforma DOF 15-01-2026, copia publicada por la Secretaría de Educación Pública), Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet)
Ejemplo: cuánto es tu aguinaldo con 400 pesos diarios
Esto es solo un ejemplo con números redondos. Si tu salario diario es de 400 pesos, unos 12,000 pesos al mes, tu aguinaldo mínimo es de 400 × 15 = 6,000 pesos.
De esos 6,000 pesos, los primeros 3,519.30 no pagan ISR, porque ese es el tope exento de 30 UMA en 2026. Solo el resto, 6,000 − 3,519.30 = 2,480.70 pesos, paga impuesto, por eso es posible que el depósito llegue con un descuento.
Si trabajaste la mitad del año, te toca la mitad de los días: 7.5 × 400 = 3,000 pesos. Como esa cantidad queda por debajo del tope exento, en ese caso todo tu aguinaldo estaría libre de ISR.
Fuentes de esta parte:Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), Servicio de Administración Tributaria (SAT), INEGI, Diario Oficial de la Federación
¿Qué pasa si no trabajaste todo el año o ya no estás en la empresa?
Si no completaste el año, te toca la parte proporcional al tiempo que trabajaste, «cualquiera que fuere éste», y sin importar si sigues o no en la empresa en la fecha de pago. Si renunciaste o te despidieron antes del 20 de diciembre, la Profedet indica que esa parte debe pagarse al terminar la relación laboral, como parte de tu finiquito o liquidación.
Hay periodos que cuentan como trabajados aunque no hayas ido a trabajar. Según la Profedet, las incapacidades por maternidad antes y después del parto, el permiso de paternidad y la incapacidad por un accidente de trabajo no se descuentan del aguinaldo.
Fuentes de esta parte:Cámara de Diputados (texto vigente con última reforma DOF 15-01-2026, copia publicada por la Secretaría de Educación Pública), Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet)
¿Cuánto del aguinaldo está exento de ISR en 2026?
La Ley del Impuesto sobre la Renta, en su artículo 93, fracción XIV, exenta las gratificaciones que recibes en el año hasta el equivalente del salario mínimo general elevado a 30 días, cuando se dan de forma general. La reforma constitucional de 2016 dispuso que las menciones al salario mínimo como unidad de medida en las leyes se entiendan referidas a la UMA, y así lo aplica el SAT: no paga impuesto el aguinaldo hasta 30 UMA.
La UMA diaria vale 117.31 pesos desde el 1 de febrero de 2026, así que el tope exento de este año es de 30 × 117.31 = 3,519.30 pesos. Lo que pase de esa cantidad sí paga ISR. Si tienes dos empleadores y los dos te pagan aguinaldo, el SAT aclara que la exención es de 30 UMA sobre el total, no de 30 por cada uno.
Fuentes de esta parte:Servicio de Administración Tributaria (SAT), Normatividad, Diario Oficial de la Federación, Servicio de Administración Tributaria (SAT), INEGI, Diario Oficial de la Federación
¿Qué hacer si no te pagan el aguinaldo?
El aguinaldo es irrenunciable. Según la Profedet, tu empleador no puede dejar de pagarlo ni reducirlo alegando dificultades económicas o falta de utilidades, y no puede descontarte nada salvo lo que permite la ley. Si no llega antes del 20 de diciembre, o llega incompleto, guarda tus recibos de nómina y cualquier comprobante de tu relación de trabajo.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) te orienta, te acompaña en la conciliación y, si hace falta, te representa gratis en el juicio ante los Tribunales Laborales. Puedes ir a sus oficinas en los estados o llamar al 079, la línea del Gobierno de México. Según la Profedet, tienes un año a partir del 20 de diciembre para reclamar; el artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo da un año a las acciones de trabajo.
Fuentes de esta parte:Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), Cámara de Diputados (texto vigente con última reforma DOF 15-01-2026, copia publicada por la Secretaría de Educación Pública)
¿Qué hacer con tu aguinaldo antes de que llegue?
El aguinaldo llega justo cuando más cosas compiten por tu dinero: regalos, posadas, viajes y, después, la cuesta de enero. Por eso conviene decidir su destino antes de recibirlo, con la cabeza fría, y no el día del depósito.
En El hombre más rico de Babilonia, George S. Clason propone guardar al menos una décima parte de todo lo que ganas antes de gastar en lo demás: págate primero. Con el aguinaldo puedes hacer lo mismo: aparta primero tu parte para ahorro y, con lo que queda, reparte los gastos de diciembre y lo que vas a necesitar en enero.
Fuentes de esta parte:El hombre más rico de Babilonia
Preguntas frecuentes
¿Hasta qué día tienen para pagarme el aguinaldo 2026?
La Ley Federal del Trabajo dice que el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre. Es decir, en 2026 el último día para recibirlo es el sábado 19 de diciembre. Es un plazo máximo: tu empleador puede pagarte antes. Si no llega a tiempo, tienes un año desde el 20 de diciembre para reclamarlo, con apoyo gratuito de la Profedet.
Fuente:Cámara de Diputados (texto vigente con última reforma DOF 15-01-2026, copia publicada por la Secretaría de Educación Pública), Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet)¿Cómo calculo mi aguinaldo?
Multiplica tu salario diario por 15, que es el mínimo de ley. Si tu salario es fijo, usa tu cuota diaria al momento del pago, sin sumar otros ingresos; si cobras a destajo, el promedio diario de tus últimos 30 días trabajados. Por ejemplo, con 400 pesos diarios tu aguinaldo es de 6,000 pesos. Si no trabajaste todo el año, calcula la parte proporcional al tiempo trabajado.
Fuente:Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet)¿Me toca aguinaldo si renuncié o me despidieron?
Sí. Si tu trabajo terminó antes del 20 de diciembre, por renuncia o por despido, te corresponde la parte proporcional del aguinaldo por el tiempo que trabajaste en el año, aunque ya estés en otra empresa. Según la Profedet, esa cantidad debe pagarse al terminar la relación laboral, como parte de tu finiquito o liquidación. Revisa que aparezca antes de firmar.
Fuente:Cámara de Diputados (texto vigente con última reforma DOF 15-01-2026, copia publicada por la Secretaría de Educación Pública), Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet)¿Cuánto aguinaldo está libre de impuestos en 2026?
Hasta 30 UMA. Con la UMA diaria de 117.31 pesos, vigente desde el 1 de febrero de 2026, son 3,519.30 pesos. Si tu aguinaldo es menor, no paga ISR; si es mayor, solo paga impuesto lo que pase de esa cantidad. Si tienes dos empleadores, el SAT aclara que la exención de 30 UMA se aplica una sola vez sobre el total que recibes.
Fuente:Servicio de Administración Tributaria (SAT), INEGI, Diario Oficial de la Federación¿Por qué se usa la UMA si la ley del ISR habla de salario mínimo?
El artículo 93 de la Ley del ISR todavía menciona el salario mínimo, pero la reforma constitucional publicada el 27 de enero de 2016 dispuso que todas las menciones al salario mínimo como unidad de medida en las leyes se entiendan referidas a la UMA. Por eso el SAT calcula la exención del aguinaldo en UMA, que en 2026 vale 117.31 pesos diarios, frente a 315.04 del salario mínimo general.
Fuente:Servicio de Administración Tributaria (SAT), Normatividad, Diario Oficial de la Federación, Servicio de Administración Tributaria (SAT), INEGI, Diario Oficial de la Federación, Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, Diario Oficial de la Federación¿Me pueden pagar el aguinaldo en vales o en especie?
No. La Profedet aclara que el aguinaldo, igual que el salario, debe pagarse en efectivo y en moneda de curso legal: no puede darse en mercancías, vales, fichas ni otros signos que sustituyan a la moneda. Con tu consentimiento previo, sí puede depositarse en tu cuenta bancaria, en una tarjeta de débito o por transferencia, y los costos de esos medios los cubre tu empleador.
Fuente:Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet)Fuentes
Cada cifra de este artículo sale de estas páginas. Las oficiales son de entidades del Estado; los medios solo dan contexto.
- Ley Federal del Trabajo, artículos 87 y 516 (aguinaldo y prescripción) Cámara de Diputados (texto vigente con última reforma DOF 15-01-2026, copia publicada por la Secretaría de Educación Pública) Oficial consultada el
- Aguinaldo 2025: preguntas frecuentes (noviembre de 2025) Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) Oficial consultada el
- Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 93, fracción XIV (ingresos exentos) Servicio de Administración Tributaria (SAT), Normatividad Oficial consultada el
- Conoce los beneficios del Régimen de Salarios (ingresos exentos y preguntas frecuentes) Servicio de Administración Tributaria (SAT) Oficial consultada el
- Unidad de Medida y Actualización: valores para 2026 (DOF 9 de enero de 2026) INEGI, Diario Oficial de la Federación Oficial consultada el
- Decreto de reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo: artículos 26 y 123 y transitorios (DOF 27 de enero de 2016) Diario Oficial de la Federación Oficial consultada el
- Resolución del Consejo de Representantes de la Conasami que fija los salarios mínimos a partir del 1 de enero de 2026 (DOF 9 de diciembre de 2025) Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, Diario Oficial de la Federación Oficial consultada el
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